declaración IRPF recontratados

Estimados compañeros,

En relación a la consulta que nos elevastéis la pasada semana, nos hemos puesto en contacto directamente con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria,(AEAT), ya que la naturaleza de la pregunta va más allá de la legislación laboral y entra de lleno en la legislación fiscal y tributaria.

Nos hemos puesto en contacto con personas muy solventes, funcionarios del citado organismo que además son dirigentes del sindicato USO en el mismo.

Nos confirman que el rumor extendido en los últimos días por la Base es cierto.

El artículo 1 del Real Decreto 439/07, especifica, que la indemnización dejará de estar exenta del IRPF cuando el despedido vuelva a vincularse con la empresa, a menos que hayan pasado tres años.

Por tanto, hay que declarar el IRPF, por parte de los recontratados presentes o futuros, con el mencionado tope de tiempo.

Os seguiremos informando

1 comentario en “declaración IRPF recontratados

  1. Estimados compañeros: En estos momentos me siento verdaderamente afortunado por no tener ya nada que ver con la Base Aerea de Morón. Para mi, ya es historia, Pero si quiero hacer una reflexión, no solo a USO, Sindicato al que me enorgullezco de pertenecer, sino tambien a CCOO y UGT.¿Como se ha llegado a esta situación? ¿Porqué no se le a explicado a los trabajadores lo que sucedería si volvian a reincorporarse a la Empresa? Me imagino que muchos habran utilizado parte de la indemnización para cubrir huecos y…¿ahora que?. Cuando Hacienda les liquide el IRPF que en el caso de aquellos cuya indemnización supere los 53,407,20 euros puede llegar al 43% del total ¿Le piden un prestamo a un Banco? Esto ha sido una pasada; de todos por igual, sin salvar a nadie. Los trabajadores despedidos deberían haber sido informados der las «trampas» del Plan Social y de sus consecuencias.

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