declaración IRPF recontratados

Estimados compañeros,

En relación a la consulta que nos elevastéis la pasada semana, nos hemos puesto en contacto directamente con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria,(AEAT), ya que la naturaleza de la pregunta va más allá de la legislación laboral y entra de lleno en la legislación fiscal y tributaria.

Nos hemos puesto en contacto con personas muy solventes, funcionarios del citado organismo que además son dirigentes del sindicato USO en el mismo.

Nos confirman que el rumor extendido en los últimos días por la Base es cierto.

El artículo 1 del Real Decreto 439/07, especifica, que la indemnización dejará de estar exenta del IRPF cuando el despedido vuelva a vincularse con la empresa, a menos que hayan pasado tres años.

Por tanto, hay que declarar el IRPF, por parte de los recontratados presentes o futuros, con el mencionado tope de tiempo.

Os seguiremos informando

sercla bolsa de trabajo 25/03/2011

El viernes 25 de marzo se celebró el acto de conciliación entre USO y el resto de partes, UGT, CCOO Y VBR.

El motivo, por si alguien no lo recuerda, es que aceptaran la personación de nuestra delegada sindical en las reuniones de la Comisión de la Bolsa de Contratación. Como cabía esperar, la empresa, UGT y CCOO, juntos otra vez, se opusieron en bloque.

Esto nos obliga a llevarlos a juicio a los tres, lo que haremos a partir de la semana próxima.

Os mantendremos informados

Reunión 15/03/2011

En la mañana de hoy, compañeros y compañeras, en torno a las diez de la mañana, ha tenido lugar un hecho profundamente vergonzoso y vergonzante.

Lo acontecido hoy, viene precedido por una carta que se nos entregó el pasado Jueves 3 de Marzo, y del que os adjuntamos una copia.

Tanto la empresa, como las otras dos secciones sindicales pretendían que firmásemos esta carta para suponemos que limpiar su imagen.

Acudíamos los sindicatos en pleno a una reunión de negociación del convenio colectivo.

Una vez sentados, el abogado y apoderado de la empresa JOSÉ ANTONIO SALAZAR, dijo que cambiaba el orden del día de la reunión, (así porque sí), para pasar a hablar del ERE de Morón y de la conducta de USO en relación al mismo.

A pesar de las protestas lógicas de miembros de este sindicato, que vieron en la reunión una auténtica encerrona y una auténtica falta de respeto por parte de la empresa y su apoderado, cambiando el orden del día sin previo aviso, ( por cierto, a UGT y CCOO les pareció bien), se hizo la mentada reunión.

La misma sólo sirvió para criticar a nuestro asesor jurídico colegiado de Sevilla, Ginés Espín, cuya actuación en todo momento ha sido profesional y a la altura de lo que esperábamos,(desde hace siete años, que lo conocimos), criticar que la USO no se pliegue a firmar extraños documentos «lavacaras» de los firmantes del ERE y criticar la libertad de prensa, culpando a USO subliminalmente de todo lo que aparece impreso en este país, en relación al ERE.

Hemos dado respuesta cabal a todas las insidias y finalmente nos hemos congratulado de alguna manera, de lo visto, porque nadie se enfada, se altera y se pone tan nervioso,…………SI TUVIERA LA CONCIENCIA TRANQUILA.

Seguiremos en la lucha.

Saludos para todos y todas.

P.D. Os adjuntamos la carta que querian que firmásemos y la respuesta de USO al respecto.

carta-empresa.pdf

Respuesta USO a empresa

Cursos USO

Logotipo USO

Estimado compañero y compañera,

En un cuadro adjunto os envío información sobre los cursos de Formación Para el Empleo (dirigidos a desempleados y ocupados)que en breve la USO, empezará a impartir en su centro de Formación.
Para los que estéis interesado o conozcáis a alguien que pudiera estarlo, es una oferta muy amplia e interesante incluyendo dos cursos con certificado de aptitud profesional.
El plazo de recogida de solicitudes será hasta el 18 de marzo.

Los que estéis inresados os podeis poner en contacto, directamente con el sindicato o en el centro de Formación, a través del teléfono 954542578 o del email: sainfo@uso.es:

Saludos.

cursos_fpe.xls

4ª Reunión de convenio

Hasta que se nos facilite el acta de la reunión, os ponemos un estracto de lo acontecido, y de lo que se está negociando.

Tambien deciros que por lo visto ya hay luz verde para cobrar los atrasos.

Art. 11
Añadir aprobado por la direccion y coordinado por los supervisores.

Art. 13
D) Establecer lo que se considera enfermedad grave o sea hospitalizacion o intervencion

Art. 14
Solo hay que notificar con un mes de antelacion (no dos)

Art. 17
Las categorias profesionales no estan definidas en el convenio. Introducir las funciones de las categorias profesionales y definirlas. (o sea los job description de toda la vida que nadie tiene).

Art. 18
1. La empresa podrá cambiar de puesto/despedir NOTIFICANDO al comite (no previa notificacion al comite).

4. No tiene practibilidad. La empresa no puede crear puestos de trabajo sin la autorizacion de FFAA.
5. Mal redactado, no es el punto dos es el punto cuatro.

Art. 27
a. Proponemos un cambio de futuro. No va a afectar a nadie que este actualmente en plantilla. Todo el que este cobrando antigüedad la sigue cobrando cualquiera que entre nuevo ya no.

b. Cambiar centros de trabajo por puestos de trabajo.
Sustituir dia por jornada

d. Lo seguiran cobrando con caracter estrictamente personal los que estan cobrandolo actualmente.

Art. 29
c. para los DIN por dia efectivamente trabajado para los NO DIN cuando se lo diga su jefe de departamento.
INTRODUCIR PLUS DISTANCIA – LO TIENEN QUE MIRAR

Art. 34 Parrafo 5
Añadir o por cualquier otra causa.

Art. 47
El nº de miembros se ajustara anualmente a principio de años? . Tras el ERE son 13.

ARt. 49
Sustituirlo por las tablas que se crearán PROPIAS de la empresa no por las del convenio de la construcción.

Art. 51
ELIMINARLO POR COMPLETO

Añadir clausula de plan social «no huelga durante la vigencia del convenio)

Aparte, hoy hay reunion en Alemania para dar luz verde al pago de los atrasos. Supuestamente ya hoy se da el visto bueno.

Conversión de contratos

Ateniéndose a la ley vigente, la empresa va a empezar a hacer la conversión de contratos de eventuales a indefinidos.

Recordaros que la ley dice que, según los tipos de contrato, un trabajador que está trabajando con un contrato temporal por un tiempo superior a uno o dos años (el tiempo varía en virtud del tipo de contrato)ante la ley se contemplan como trabajadores indefinidos. Con lo que esto es solamente un trámite burocrático.
La empresa a hecho lo que la ley marca, y así lo hizo saber en las negociaciones del expediente de regulación de empleo, con lo que no es una cesión por parte de la empresa, sino una obligación por su parte.

Respuesta del Gobierno a la pregunta realizada por el Senador Arauz

El gobierno central ha dado respuesta a una de las dos consultas hechas por el Senador Arauz en el senado.
Dicen que las necesidades de contratación de la empresa civil de la Base, corresponde a USAFE y no a ellos. Se desentienden del tema. Os la adjunto la respuesta en el link:

respuesta_gobierno_convenio_con_la_empresa_americana_9-3-2011.pdf